SOCOMTAXI
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E-mail: reservas@socomtaxi.com
SOCOMTAXI
C/ Herraje Nº 12, Nave 10 Sector 3 P-Norte Cruce de Arinaga Agüimes 35118 Gran Canaria España
PORTAL DE TRANSPARENCIA
https://www.socomtaxi.com/transparencia
En cumplimiento de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, LA SOCIEDAD DE COMERCIALIZACIÓN DEL TAXI DE GRAN CANARIA, S.COOP (SOCOMTAXI) ha puesto en funcionamiento este Portal de Transparencia inspirándose en los principios de publicidad activa de la principal información institucional y siguiendo las indicaciones y recomendaciones del Comisionado de Transparencia del Gobierno de Canarias.
PORTAL DE TRANSPARENCIA
1.- PROTOCOLO
LA SOCIEDAD DE COMERCIALIZACIÓN DEL TAXI DE GRAN CANARIA. Pone a disposición de la ciudadanía este Portal de Transparencia para continuar renovando nuestro compromiso de ofrecer una información clara, veraz, cercana y accesible y en cumplimiento con el ordenamiento jurídico vigente recogido en la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública y buen gobierno.
2.- FINALIDAD
La finalidad del documento es declarar el compromiso en el establecimiento y desarrollo de mecanismos de comunicación sobre las actuaciones de la entidad, cumpliendo la legislación sobre transparencia, y que generen valor a los diferentes grupos de interés y repercuta en una confianza hacia el buen hacer de la entidad.
LA SOCIEDAD DE COMERCIALIZACIÓN DEL TAXI DE GRAN CANARIA establecerá los mecanismos adecuados para facilitar la accesibilidad, la interoperabilidad, la calidad y la reutilización de la información publicada, su identificación y localización, así como el cumplimiento de los siguientes principios:
Principio de transparencia, en virtud del cual se ha de facilitar información permanente, objetiva y veraz sobre la organización, funcionamiento y control.
Principio de acceso a la información, en virtud del cual cualquier persona asociada puede solicitar el acceso a la información, toda la información es en principio accesible y el acceso solo puede restringirse en los supuestos previstos legalmente.
Principio de veracidad, en virtud del cual la información ha de ser cierta y exacta asegurando que procede de documentos respecto de los que se ha verificado su autenticidad, fiabilidad, integridad, disponibilidad y cadena de custodia.
Principio de gratuidad, en virtud del cual el acceso a la información y las solicitudes de acceso serán gratuitos.
Principio de reutilización, en virtud del cual se promoverá que la información sea publicada en formatos que permitan su reutilización.
El órgano responsable dentro de la entidad para velar por la transparencia de la organización y encargada de dar cumplimiento a las obligaciones de información establecidas en la ley, es el Departamento de Administración, actuando por delegación del Consejo Rector de la entidad.
Está sujeta a estrictos controles que garantizan la transparencia en la gestión de los fondos.
Las cuentas anuales son depositadas anualmente en el Registro de Cooperativas de Canarias.
LA SOCIEDAD DE COMERCIALIZACIÓN DEL TAXI DE GRAN CANARIA publica, en su portal de transparencia de su página web, la información sobre sus actividades y cuentas, siguiendo la estructura y recomendaciones del comisionado de transparencia de Canarias.
La Dirección se compromete a transmitir esta declaración a todos los grupos de interés, actualizándola mediante la revisión sistemática según lo indicado en el proceso de Transparencia de la entidad.
2.- INFORMACÓN INSTITUCIONAL
LA SOCIEDAD DE COMERCIALIZACIÓN DEL TAXI DE GRAN CANARIA, S.COOP (SOCOMTAXI)., es una cooperativa de segundo grado con ámbito de actuación en la isla de Gran Canaria.
Fecha de actualización: 15 de julio 2021
La normativa aplicable al funcionamiento de la Entidad es la siguiente:
Cooperativas
Estatal: Ley 27/1999, de 16 de Julio, de Cooperativas
Transparencia
Ley de transparencia de Canarias (Autonómica): Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública
Ley de Transparencia (básica estatal): Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
1.- MISIÓN Y OBJETIVOS:
La sociedad SOCOMTAXI SOCIEDAD COOPERATIVA, se constituye en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria el 5 de abril de 2007, teniendo como objeto social, los siguientes:
Los servicios de transportes de viajeros por carretera, que puede contratar la Cooperativa de Segundo Grado para sus entidades socias y socios de éstas, serán todos aquellos que pueda prestar un vehículo auto taxi –discrecional, urbano, interurbano, turístico, sanitarios, escolar, etc., quedando excluidos aquellos servicios o actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales que no puedan ser cumplidos por esta Sociedad, la cual tiene prohibido ser titular de autorizaciones de trasporte público.
Si las disposiciones legales exigiesen para el ejercicio de alguna las actividades comprendidas en el objeto social, algún título profesional o autorización administrativa o inscripción en Registros Públicos, dichas actividades deberán realizarse por medio de personas con titulación adecuada, y, en su caso, no podrán iniciarse antes de cumplirse los requisitos o asociaciones de taxistas que no agrupen a titulares de autorizaciones administrativas de transportes públicos de viajeros en vehículos auto taxis, o la condición de transportistas de viajeros de auto taxis.
La actividad actual de la empresa coincide con su objeto social, siendo su actividad principal la captación, contratación y realización para las entidades socias de la Cooperativa de Segundo Grado y socios de éstas, de toda actividad de trasportes público, discrecional de pasajeros y viajeros por carretera en vehículos ligeros del tipo auto-taxis, los cuales tendrán que estar adscritos a la autorización administrativa de transportes del tipo VT.
Se le aplica la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, Código de Comercio y disposiciones complementarias. La entidad no está participada por ninguna otra entidad dominante.
Dicha sociedad tiene fijado su domicilio social en la calle Herraje, Nº 10, del polígono de Arinaga, municipio de Agüimes, provincia Las Palmas, constituyéndose por tiempo indefinido.
La moneda funcional con la que opera es el euro. Para la formulación de los estados financieros en euros se han seguido los criterios establecidos en el Plan General Contable tal y como figura en el apartado 4. Normas de Registro y Valoración.
Su identificación en el Registro de Cooperativas es Registro Administrativo de Las Palmas, Tomo IV, Clave L.P., Folio 421., clasificada como de Transportistas.
ESTATUTOS
Enlace a PDF de Reglamento Interno
3.- ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
Partimos de nuestros estatutos como norma básica para el buen gobierno de la Entidad, en los que se están recogidos la misión, visión y valores que nos mueven. Los órganos de gobierno son:
Asamblea general
La Asamblea General de la Cooperativa, formada por las entidades asociadas a la a la misma, es el órgano supremo de la expresión de la voluntad social, constituida para deliberar y adoptar acuerdos por mayoría en las materias propias de su competencia.
Consejo Rector
Es el órgano de gobierno y de representación de la Cooperativa de segundo grado, a quien corresponde controlar y supervisar de forma directa y permanente la gestión de la misma. El Consejo Rector ejercerá todas las funciones y facultades que no estén expresamente atribuidas por la Ley 27/1999, o por los estatutos sociales de la entidad, a otros órganos sociales.
Presidente: don José Carmelo Bordón Munguía.
Vicepresidente: don Cristóbal Andrés Suárez Cruz.
Secretario: don Sebastián Javier Martín Peñate.
Vocal 1: doña Raquel Quintana Martín.
Vocal 2º: don Marco Martel Perdomo.
Vocal 3º: Don Raúl Artiles Santana.
Interventores
Es el órgano de fiscalización de la Cooperativa y tienen como principal función la censura de las cuentas anuales de la entidad.
ORGANIGRAMA
Área de Administración interna / externa
Es el área encargada de gestionar y administrar los recursos económicos de la entidad siguiendo las directrices establecidas por el Consejo Rector. Se encarga de atender cobros y pagos, de la contabilidad, de la fiscalidad, y del cumplimiento de las distintas normativas de diversa índole que afectan a la actividad de la entidad, entre otras funciones. La entidad tiene contratada los servicios externos de una Entidad Asesora. Este servicio es coordinado por un responsable de administración que entre sus funciones hace de nexo entre este departamento y el Consejo Rector, con la supervisión del responsable del servicio y con los interventores.
Área de prestación del servicio (Centro de Control)
Es el área de producción, en este caso, de la prestación del servicio de gestión de flota para atender la demanda y necesidades de la ciudadanía, entes y organismos públicos y privados y entidades de cualquier otra índole o personalidad jurídica, en cuanto al servicio del taxi se refiere. Este servicio es coordinado por el presidente de la entidad. Que hace de nexo entre este departamento con el Consejo Rector, y con el área de administración
4.- INFORMACION ECONÓMICA Y FINANCIERA.
A.- CUENTAS ANUALES.
Las Cuentas Anuales del ejercicio 2020 han sido formuladas por los miembros del Consejo Rector a partir de los registros contables de la Sociedad a 31 de diciembre de 2020 y en ellas se han aplicado los principios contables y criterios de valoración recogidos en el Real Decreto 1515/2007, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pymes y el resto de disposiciones legales vigentes en materia contable, y muestran la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la Sociedad.
Las Cuentas Anuales del ejercicio anterior, fueron aprobadas por la Asamblea General Ordinaria, el 25 de junio de 2020.
No existen razones excepcionales por las que, para mostrar la imagen fiel, no se hayan aplicado disposiciones legales en materia contable.
En virtud de la Disposición transitoria sexta del Real Decreto 1515/2007, la Sociedad sigue aplicando, en lo que no se opone a la legislación mercantil actual, la Adaptación Sectorial del Plan General de Contabilidad al sector de Cooperativas que se aprobó por Orden EHA/3360/2010, de 21 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas.
Cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2020:
Se aprobaron previa conformidad de interventores y depositadas en el correspondiente registro de cooperativas del Gobierno de Canarias en fecha: 23 de junio de 2021
La entidad formula sus cuentas de forma PYME, por reunir la Cooperativa los requisitos que permite formularlas así, y habida cuenta que concurren las circunstancias y motivos durante los dos últimos ejercicios del artículo 2 del Real Decreto 1515/2007 de 16 de noviembre, y que no está obligada a someter sus cuentas a verificación de auditor según el artículo 62 de la ley 27/1999 de 16 de julio, de Cooperativas.
BALANCE DE SITUACIÓN, LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS Y EL ESTADO DE CAMBIOS DE PATRIMONIO NETO
B.- CONTRATOS O CONVENIOS CON ENTIDADES PÚBLICAS.
La Entidad no cuenta con convenios con la administración pública.
Fecha de actualización: julio 2021
SUBVENCIONES ADMINISTRACIÓN PÚBLICA año 2020
IMPORTE | OBJETO O FINALIDAD | DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA | ADMINISTRACIÓN CONCEDENTE |
142.869,38 | Contribuir al mantenimiento de los sistemas de gestión de flota de los vehículos auto taxis en Canarias que funcionen a través de plataformas informáticas. | Ayuda para sufragar los costes de mantenimiento de los Sistemas de Gestión de Flota de los vehículos Auto taxis en Canarias, de modo que suponga un ahorro en las cuotas mensuales que abonan los taxistas abonados a la entidad a través de la reducción de las mismas. | Dirección General de Transporte.
Consejerías de Obras Públicas, Transporte y Vivienda del Gobierno de Canarias. |
(BOC del 20/08/2020 nº 168, Orden 12 agosto de 2020) Nº de expediente 5/1/2020-0821112524.
Fecha resolución: 22/12/2020
Beneficiaria: Sociedad de comercialización del taxi de Gran Canaria CIF: F35897495
CONTRATOS Y CONVENIOS
CONTRATOS FORMALIZADOS
INFORMACION TRIMESTRAL CONTRATOS MENORES
RELACIÓN DE CONTRATOS RESUELTOS
MODIFICACIONES REALIZADAS DURANTE LA VIGENCIA: OBJETO Y FECHA.